13-CRÓNICA JURISPRUDENCIAL. DERECHO INDIVIDUAL
Notas sobre las sentencias gallegas más destacadas en materia de derecho individual del trabajo durante el primer semestre de 2021.
Notas sobre las sentencias gallegas más destacadas en materia de derecho individual del trabajo durante el primer semestre de 2021.
La forma del despido afecta frontalmente a la carga de asuntos de los tribunales laborales, así como a la protección de los trabajadores. En España, la última reforma de su regulación tuvo carácter flexibilizador, eliminando la calificación de nulidad del despido llevado a cabo con defectos formales. En contraste, en Alemania, con ocasión de la última reforma de su regulación hace ya veinte años, se apostó por aligerar la carga de asuntos de los tribunales laborales, reforzando al mismo tiempo las garantías de los trabajadores, al proscribir la forma electrónica para el despido.
El estudio pone de relieve la insuficiente evolución experimentada por las previsiones del Título II del Estatuto de los Trabajadores sobre competencias, facilidades y garantías de los representantes del personal. En especial, apunta las dificultades que ha provocado que otras disposiciones hayan añadido nuevas obligaciones sin ampliar las herramientas jurídicas que permitirían desarrollar la labor de representación de manera más eficaz.
El editorial aborda algunas importantes cuestiones críticas sobre la prueba en el proceso laboral, examinando la jurisprudencia sobre la materia, especialmente la más reciente. Se analiza, así, la naturaleza de prueba documental del correo electrónico; la repercusión de la prueba ilícita sobre la calificación del despido; el control empresarial sobre los dispositivos digitales de los trabajadores; la videovigilancia; y la geolocalización.
La reforma llevada a cabo por el Real Decreto-Ley 32/2021 ha supuesto un importante cambio con respecto a la prioridad aplicativa de los convenios colectivos y la aplicación del criterio de la ultraactividad. Esta reforma deroga a la anterior del año 2012 en los aspectos mencionados. En primer lugar, se establece la prevalencia del convenio sectorial sobre el convenio de empresa en materia salarial y, en segundo lugar, se retoma la aplicación de la ultraactividad ilimitada de los convenios colectivos.
El mantenimiento del empleo en épocas desfavorables constituye uno de los grandes retos del mercado de trabajo español. Tradicionalmente, las sucesivas crisis han generado destrucciones de empleo masivas y han abocado a inmensas cohortes de personas trabajadoras a la situación de desempleo. La experiencia de la pandemia producida por la COVID-19 ha enviado un mensaje de esperanza, pues ha sido posible contener el empleo mediante sistemas mejor organizados de suspensión del contrato y reducción de jornada.
Se someten a examen los cambios que introduce el Real Decreto-ley 32/2021 en materia de subcontratación, los cuales son de relativa importancia y no satisfacen la modernización de la subcontratación a la que se refiere aquel, en su exposición de motivos. Ninguno de ellos contribuye, en rigor, al avance en «la responsabilidad de las empresas contratistas o subcontratistas» que propugna el punto III de la referida exposición de motivos. El régimen jurídico-laboral de la subcontratación sigue estando obsoleto y necesitado de una reforma técnico-jurídica de mucho más calado.
Este trabajo analiza la flagrante inconstitucionalidad (bien directa, bien per relationem) de la regulación de la contratación laboral individual efectuada por el Real Decreto-ley 32/2021. Uno de sus puntos críticos se refiere a la aparente desaparición del contrato de obra o servicio determinado, razonando que se trata de una apariencia que engaña. Concluye, con cita de autoridades, sosteniendo que una reforma de este tipo exigiría sumar los más amplios consensos políticos y sociales, lo que sólo puede lograrse en sede parlamentaria.
Crónica de la doctrina judicial y jurisprudencia correspondiente al primer semestre de 2022 en materia de derecho colectivo